Dias De Descasnso



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    A parte de las vacaciones anuales los trabajadores tiene derecho a un día de descanso a la semana (24 horas), que por lo general es el día domingo, aunque según la actividad de la empresa puede cambiarse a un día diferente de la semana. También tienen derecho al descanso de su hora de almuerzo o de comida.
    Además se contempla el descanso de los días de asueto considerados como tales por la ley.
    (Artículos 171-173, Código de Trabajo)

    171 y 173 Código de Trabajo
    En caso de trabajar en el día de descanso semanal pactado, se cancelara de la siguiente manera:
     Salario diario + 50% de dicho salario por las horas trabajadas, además el empleador deberá establecer un día compensatorio remunerado.
    Por ejemplo:
    Si se trabajan tres horas, en el día de descanso semanal pactado
    Partiendo que el salario diario por hora es de $1.048  
    1.048 (salario diario por hora) x 3 (horas laboradas en día de descanso) = 3.146
    3.146 (salarios de tres horas) + 1.573 (recargo del 50% de las tres horas) =
    $4.72 recargo por laborar tres horas en día de descanso más el compensatorio remunerado respectivo.

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