Dias De Descasnso
A parte de las vacaciones anuales los trabajadores tiene derecho a un día de descanso a la semana (24 horas), que por lo general es el día domingo, aunque según la actividad de la empresa puede cambiarse a un día diferente de la semana. También tienen derecho al descanso de su hora de almuerzo o de comida.
Además se contempla el descanso de los días de asueto considerados como tales por la ley.
(Artículos 171-173, Código de Trabajo)
171 y 173 Código de Trabajo
En caso de trabajar en el día de descanso semanal pactado, se cancelara de la siguiente manera:
Salario diario + 50% de dicho salario por las horas trabajadas, además el empleador deberá establecer un día compensatorio remunerado.
Por ejemplo:
Si se trabajan tres horas, en el día de descanso semanal pactado
Partiendo que el salario diario por hora es de $1.048
1.048 (salario diario por hora) x 3 (horas laboradas en día de descanso) = 3.146
3.146 (salarios de tres horas) + 1.573 (recargo del 50% de las tres horas) =
$4.72 recargo por laborar tres horas en día de descanso más el compensatorio remunerado respectivo.
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