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Mostrando entradas de agosto, 2017

indemnizaciones

  ¿Quien soy? inicio Dias de descanso Dias feriados o asuetos  Pago de horas extra Contrato de trabajo vacaciones    indemnizaciones Respecto a este tema, el  Ministerio de Trabajo y Previsión Social de El Salvador  establece, en el artículo 58 del  Código de Trabajo , que el empleado “tendrá derecho a que el patrono le indemnice con una cantidad equivalente al salario básico de treinta días por cada año de servicio y proporcionalmente por fracciones de año”. Es decir que recibe el sueldo de un mes por cada año que lleve trabajando para la misma compañía, más el pago proporcional por el tiempo adicional. Veamos un ejemplo del cálculo de indemnización en El Salvador: Supongamos que tú has trabajado para una empresa por 2 años y 8 meses, ganando un sueldo de $350, el cálculo de indemnización se hará así: $350 x 2 años = $700 A estos le sumaremos la indemnización proporcional a 8 meses. Para esto, debemos saber cuántos días h...

vacaciones

  ¿Quien soy? inicio Dias de descanso Dias feriados o asuetos  Pago de horas extra Contrato de trabajo Indemnizaciones    vacaciones Pago de vacaciones / Vacaciones anuales Un empleado tiene derecho a 15 días de vacaciones pagadas al año, tras completar 12 meses de servicio continuo. Esta ley no indica si se pagan los aumentos anuales de licencia conforme se aumenta la antigüedad. La retribución de las vacaciones anuales es de 15 días de salario más el 30% de los salarios de los 15 días y debe pagarse al trabajador antes del comienzo del permiso. Para tener derecho a las vacaciones anuales, un trabajador debe haber trabajado al menos 200 días en un año. No está permitido dividir o acumular los períodos de vacaciones anuales. Es una obligación para el empleador otorgar dicha licencia y para el trabajador tomarla (Art. 177 a 189 del Código del Trabajo). Pago de días festivos Los trabajadores tienen derecho a vacaciones pagadas durante los f...

contrato de trabajo

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Dias De Descasnso

  ¿Quién soy? inicio Días feriados o asuetos  Pago de horas extra Contrato de trabajo vacaciones Indemnizaciones                                días de descanso A parte de las vacaciones anuales los trabajadores tiene derecho a un día de descanso a la semana (24 horas), que por lo general es el día domingo, aunque según la actividad de la empresa puede cambiarse a un día diferente de la semana. También tienen derecho al descanso de su hora de almuerzo o de comida. Además se contempla el descanso de los días de asueto considerados como tales por la ley. (Artículos 171-173, Código de Trabajo) 171 y 173 Código de Trabajo En caso de trabajar en el día de descanso semanal pactado, se cancelara de la siguiente manera:  Salario diario + 50% de dicho salario por las horas trabajadas, además el empleador deberá e...

Dias feriados o asuetos

  ¿Quién soy? inicio   Días de descanso   Pago de horas extra   Contrato de trabajo   vacaciones   Indemnizaciones    Días feriados o asuetos     Articulo 190: Se establecen como días de asueto remunerado los siguientes: Primero de enero; Jueves, viernes y sábado de semana santa; Primero de mayo; Diez de Mayo Diecisiete de Junio Seis de agosto; Quince de septiembre; Dos de noviembre; y Veinticinco de diciembre. Ademas se establece el tres y cinco de agosto en la ciudad de San Salvador; y en el resto de la República, el dia principal de la festividad mas importante del lugar. De acuerdo a las ultimas reformas sobre la ley laboral (aunque el código de trabajo aun no las incluye o no tenemos publicación que las incluya aún) y acuerdos de asamblea legislativa, deben agregarse como días de asueto los siguientes: El 10 de mayo de cada año como CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LAS MADRES. (Decreto legislativo 339 de...

¿Quien soy ?

Derecho laboral   Inicio            Dias de descanso Días  feriados o asuetos  Pago de horas extra Contrato de trabajo vacaciones Indemnizaciones                                             ¿Quien soy?   Mi nombre es: Jonathan Alexander Mendez Perez  Escuela: Complejo Educativo Catolico ¨Nuestra Señora De Las Grasias¨ Y en este trabajo les hablare sobre el derecho laboral ,los cuales les impartire continuacion.

pago de horas extra

    Inicio             Días de descanso  Días  feriados o asuetos  Contrato de trabajo vacaciones Indemnizaciones  ¿Quien soy ? pago de horas extras En caso de trabajar más tiempo del que la Ley establece, la parte trabajadora tendrá derecho a que se le cancele un recargo por el exceso de la jornada, realizando dicho cálculo de la siguiente manera: Cálculo por exceso de jornada diurna salario diario por hora más el 100% del salario por hora; Salario diario por hora + 100% de dicho salario Por ejemplo: Partiendo de un salario por hora de $1.04. $1.04 (salario por hora) + $1.04 (recargo del 100%)= $2.08 por cada hora extra en jornada diurna. Articulo 169 Código de Trabajo. Calculo por exceso en jornada nocturna salario diario por hora más el 100% del salario por hora más un 25% de la nocturnidad. Salario diario por hora + 100% de dicho salario+25% Por ejemplo: Partiendo de un ...